Si usted realiza trabajos de contabilidad forense, deberá tener en cuenta algunas recomendaciones aplicables desde el 1 de enero de 2020, de la mano de la SSFS 1, la nueva norma para servicios forenses. Explicamos algunos términos que se deben diferenciar al momento de ofrecer sus servicios. El Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA, por […]
Si usted realiza trabajos de contabilidad forense, deberá tener en cuenta algunas recomendaciones aplicables desde el 1 de enero de 2020, de la mano de la SSFS 1, la nueva norma para servicios forenses. Explicamos algunos términos que se deben diferenciar al momento de ofrecer sus servicios.
El Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA, por sus siglas en inglés) tiene un nuevo estándar de contabilidad forense que entrará en vigor a principios del próximo año, lo que les dará ventaja a los contadores públicos en términos de credibilidad al momento de proporcionar apoyo en litigios como testigos expertos en el estrado en los juicios. Así lo publica accountingtoday.com en su artículo del 20 de septiembre de 2019, titulado AICPA’s new forensic standard expected to boost CPA credibility on witness stand.
La Declaración sobre las normas para los servicios forenses No. 1 –SSFS 1– será aplicable a partir del 1 de enero de 2020, para cualquier miembro del instituto o empleado de una firma miembro que brinde servicios a un cliente como parte de un litigio o compromiso de investigación.
Como lo asegura la publicación, esta es la primera vez que los contadores forenses tendrán estándares de cumplimiento que codifican las mejores prácticas para el trabajo de consultoría de litigios e investigación realizado por ellos.
«Históricamente, nuestro trabajo forense estuvo bajo los estándares de consultoría», explica Dave Duffus, socio en la práctica global de servicios forenses y de litigios en la Firma Top 15 Baker Tilly.
«Parte de la urgencia de presentar estándares forenses fue el reconocimiento de que si había algunas modificaciones o cambios requeridos a los estándares, no teníamos control sobre ello, porque no había una autoridad que estableciera estándares que pudiera proporcionar las revisiones, por lo que el Comité Ejecutivo de Servicios Forenses y de Valoración asumió el desafío de emitir realmente el estándar forense”, afirma.
Duffus explica un par de cambios que se destacan a través del nuevo estándar. El primero consiste en que cuando nosotros como contadores públicos somos retenidos como testigos expertos, existen prohibiciones específicas en términos de hacer ese trabajo bajo un contingente arreglo de tarifas.
El segundo, por su parte, hace referencia a que el estándar declara explícitamente que no deberíamos emitir opiniones sobre si se ha cometido o no fraude. Ese es un papel para el juzgador de hechos en un caso, por lo que podemos presentar evidencia que puede estar relacionada con indicios de fraude, pero en última instancia depende de un juzgador tomar una decisión sobre si el fraude realmente ha ocurrido.
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Los siguientes son los temas que se ampliarán en esta sesión de actualización:
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