Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanciones por falta de declaración de renta


Actualizado: 18 julio, 2018 (hace 6 años)

Las sanciones para este año ascienden, por lo menos, a 10 UVT; $332.000. También deberá pagar los intereses moratorios correspondientes.

Si a usted se le olvida presentar su declaración de renta, esto podría llevarlo a incurrir en sanciones que para 2018 ascienden, al menos, a 10 Unidades de Valor Tributario –UVT–, es decir $332.000.

“Los que presenten su declaración en forma extemporánea deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo equivalente a 5 % del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del 100 % del impuesto o retención, según el caso”, manifestó Adriana del Pilar Solano, directora encargada de gestión de ingresos de la Dian.

Pero además, si un contribuyente obligado a presentar declaración no lo hace dentro de los plazos establecidos, es decir, desde el próximo 9 de agosto hasta el 19 de octubre dependiendo de sus últimos dígitos de su NIT, como explicó Claudia Camargo, directora de impuestos BDO en Colombia, también deberá pagar los intereses moratorios correspondientes. “Si las personas olvidan presentarla, la sanción que aplica la Dian se llama por extemporaneidad”, indicó.

Fuente: La República.

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