Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estos son algunos de los impuestos que tendrán que pagar los bogotanos este año


Actualizado: 13 enero, 2020 (hace 4 años)

Contribuyentes podrán aprovechar el descuento del 10 % que hay para pagar el predial (límite hasta el 27 de marzo) y el impuesto vehicular (hasta el 8 de mayo).

Muchos capitalinos ya deben pensar en el pago de impuestos anuales, como el predial, el de vehículos y el ICA. La Secretaría de Hacienda publicó el calendario tributario de 2020 en el que la primera fecha a cumplir es la del pago del ICA correspondiente al año gravable 2019. Para este pago, los contribuyentes del régimen común tienen plazo hasta el próximo 17 de enero, y los del régimen preferencial tienen hasta el 24 de enero.

Para el mismo ICA, de régimen común con pago bimestral, la siguiente fecha es el 20 de marzo, límite para pagar el bimestre de enero y febrero. El 22 de mayo vence el plazo para pagar el bimestre marzo – abril. El de mayo – junio, vence el 17 de julio. El siguiente bimestre, julio y agosto, se debe pagar máximo el 18 de septiembre, y el último pago del año se debe hacer el 20 de noviembre, por concepto del bimestre septiembre – octubre. Para el bimestre final (noviembre – diciembre), la fecha de pago es el 22 de enero del próximo año.

El predial, un impuesto que pagan 2,6 millones de propietarios de predios activos y la segunda contribución que más dinero inyecta a las finanzas de Bogotá, tendrá algunos cambios ya que en diciembre el Concejo aprobó un acuerdo que estableció topes al incremento del tributo, y que varían dependiendo del avalúo del predio y el estrato socioeconómico. Para este impuesto, el plazo para pagar con 10 % de descuento es el 27 de marzo y el límite para pago sin descuento es el 19 de junio.

Recuerde que el predial también puede pagarlo por cuotas, pero primero debe hacer una declaración a través de la página web de la Secretaría de Hacienda. Para esto, el plazo es el 31 de marzo y la primera cuota deberá depositarla el 15 de mayo. Para la segunda cuota el límite es el 10 de julio; para la tercera, el 11 de septiembre; y para la última cuota el plazo es el 13 de noviembre.

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Los propietarios de predios deben tener en cuenta que si el acuerdo aprobado por el Concejo no les resulta favorable, en comparación con el anterior, podrán acogerse a este último para el pago de su predial.

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