Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Evidencia de la Revisoría Fiscal: herramienta probatoria de alta importancia en las organizaciones


Evidencia de la Revisoría Fiscal: herramienta probatoria de alta importancia en las organizaciones
Actualizado: 21 mayo, 2015 (hace 9 años)

La evidencia es entendida como “la prueba material de un hecho”, es decir, todo instrumento cierto que constituya un medio para probar algún suceso; además, dicho instrumento debe tener la calidad de indiscutible para que sirva de prueba.

“la evidencia constituye un elemento mediante el cual el revisor fiscal puede sustentar su trabajo y la cual debe ser consecuencia de los hallazgos obtenidos como resultado de la aplicación de los procesos y técnicas conocidas”

En la revisoría fiscal, el profesional que ejecute las labores propias de su ejercicio debe hacerlo cumpliendo las normas y los principios aplicables en la materia, teniendo presente que el Estado le ha otorgado la responsabilidad de proteger el interés público de los diferentes agentes que interactúan con el objeto de examen. Por lo tanto, la evidencia constituye un elemento mediante el cual el revisor fiscal puede sustentar su trabajo y la cual debe ser consecuencia de los hallazgos obtenidos como resultado de la aplicación de los procesos y técnicas conocidas.

La evidencia debe tener la solidez necesaria para que en lo posible sea considerada como incuestionable, de tal manera que le permita al revisor fiscal, además de cumplir con sus funciones y deberes normales, garantizar seguridad integral a la información generada por la entidad que se encuentra bajo su examen, explicando el nivel de complacencia con respecto a los principios, parámetros, criterios y procedimientos que utiliza la empresa en las diferentes áreas o divisiones que han sido materia de inspección y vigilancia.

Cabe mencionar que para la obtención de la evidencia, el revisor fiscal puede aplicar los procedimientos necesarios de manera directa o indirecta; en este caso, podrá hacer uso de la labor de un tercero, siempre que este cuente con la idoneidad y el comportamiento ético que le permita aplicar las técnicas y los procesos, que inicialmente haya determinado el revisor fiscal a cargo.

Por otra parte, la evidencia obtenida debe estar consignada en documentos, ya sean físicos, intangibles, eléctricos o electrónicos, de los cuales se permita su reproducción en papel, en audio, en video o en cualquier otro medio.

Así pues, en síntesis, la evidencia hace referencia a la prueba material de un hecho, obtenida a través de la aplicación de procesos y técnicas aceptadas y reconocidas, de manera que la misma le garantice seguridad integral a la información generada por la entidad; además, debe permitirle al revisor fiscal poder formarse una opinión sobre la entidad que fiscaliza, por lo que con ella debe cerciorarse de los siguientes aspectos:

  • Si los administradores han cumplido cabalmente las obligaciones que les competen.
  • Si la gestión administrativa ha sido eficiente, eficaz y económica teniendo en cuenta el sector al cual pertenece la entidad.
  • Si las operaciones sociales aprobadas por los administradores y sus actuaciones, se han desarrollado respetando las normas legales y los procedimientos internos de la compañía.
  • Si los informes de los administradores son veraces, se ajustan al desarrollo de las operaciones sociales, y reflejan el resultado de su gestión.
  • Si el control interno de la organización existe y es congruente teniendo en cuenta las características de la entidad.
  • Si cada operación, actividad y proceso que se realiza al interior de la entidad tiene establecido un procedimiento acorde con los objetivos trazados.
  • Si se utilizan de manera acertada los Manuales de Procedimientos y Manuales de Funciones detallados  por cada actividad y tarea.
  • Si los sistemas de información, en especial los contables sirven para comunicar los resultados de manera idónea.
  • Si la información financiera se presenta de manera fidedigna e íntegra, y refleja la situación económica de la entidad y los resultados de las operaciones durante el respectivo período.
  • Si no se ha manipulado el sistema de información contable y si este ha sido inspeccionado de manera integral.
  • Si los análisis de arquitectura financiera que realiza la administración son confiables para la toma de decisiones.
  • Si la entidad tiene establecidas su misión y visión empresariales.
  • Si el ente económico se encuentra estructurado para afrontar la competencia, aprovechar las oportunidades de negocios, neutralizar los riesgos y adaptarse a las condiciones cambiantes del mercado, en especial a aquellas resultantes de la globalización.
  • Si los recursos humanos, económicos, técnicos, tecnológicos y físicos son pertinentes, se utilizan eficientemente en términos de conveniencia empresarial y están adaptados para la competencia.
  • Si existe un código de gobierno corporativo y si este es adecuado, según las características de la entidad.
  • Si existen políticas de planeación y manejo tributario, así como de cumplimiento de las obligaciones impositivas.
  • Si existen políticas de calidad y si la entidad se encuentra certificada en esta materia.
  • Si existen manuales de contratación en todos los órdenes, si los mismos están actualizados permanentemente y se cumple cabalmente con ellos.
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La evidencia obtenida por el Revisor Fiscal en el ejercicio de fiscalización, no solo es útil para documentar los hallazgos; además, debe servir para dejar constancia de la exhaustividad de las pruebas practicadas por él para sustentar su juicio profesional.

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