Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exclusión de IVA en importación de maquinaria industrial solo debe darse en la modalidad ordinaria


Actualizado: 24 mayo, 2017 (hace 7 años)

Para acceder a la exclusión de IVA por importación de maquinaria industrial, según el literal g) del artículo 428 del ET, es necesario que la operación se realice bajo la modalidad ordinaria; si se hace de forma temporal a corto plazo no tiene sentido que el importador solicite dicha exclusión.

El literal g) del artículo 428 del ET establece que la importación ordinaria de maquinaria industrial no causa el impuesto sobre las ventas siempre y cuando dicha maquinaria no se produzca dentro del territorio colombiano, se encuentre destinada a la transformación de materias primas y sea usada por usuarios altamente exportadores.

Lo anterior se ratifica mediante el Decreto 953 de 2003, normativa a través de la cual se puede determinar que para obtener el derecho a la exclusión del IVA debe tratarse de una importación ordinaria de maquinaria industrial.

De este modo, y según lo expuesto en su Concepto 011769 de mayo 15 de 2017, para la DIAN la maquinaria importada por un usuario altamente exportador pero bajo la modalidad de importación temporal a corto plazo no cumple lo dispuesto en el literal g) del artículo 428 del ET. La entidad, a través de dicho concepto, también aclara que cuando se lleva a cabo una importación temporal a corto plazo no se causan los tributos aduaneros y que, por lo tanto, no tiene sentido que el importador solicite la exclusión de IVA.

Por otra parte es válido tener en cuenta que la DIAN, mediante el concepto en mención, ratificó lo dispuesto en el Oficio 035074 de 2016 y a su vez revocó la conclusión a la que se llegó tanto en el Oficio 022170 de 2014 como en el Oficio 058270 del mismo año, en los cuales se estableció que para acceder al beneficio de exclusión de IVA era necesario, indiferente de la modalidad de importación, obtener de manera previa una certificación expedida por la autoridad competente.

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