Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exclusión del régimen tributario especial: ¿qué la ocasiona y cuáles beneficios se pierden?


Actualizado: 23 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Qué situaciones dan lugar a la exclusión del régimen tributario especial? Al ser excluido, ¿se puede solicitar el proceso de readmisión? ¿Cuáles serían los pasos?

Preguntas resueltas junio 18 de 2020

Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y cooperativas, como bien lo establecen los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario –ET–, pueden calificar como entidades del régimen tributario especial –RTE–, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos para tal fin, expresados en normas como el Decreto 2150 de 2017.

Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica bajo qué circunstancias puede la Dian autorizar la exclusión del RTE, lo que implica actualizar el RUT con la responsabilidad 05 y no con la 04. De igual manera, analiza qué beneficios tributarios se pierden en este caso.

Para conocer más información, accede al siguiente enlace: https://actualicese.com/consultorio-tributario-con-el-dr-diego-guevara-entidades-del-regimen-tributario-especial/

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,