Organizaciones pueden excluir el IVA en importación de bienes y equipos que estén destinados a ciertas actividades y que vayan a ser donados a favor de entidades sin ánimo de lucro por personas o entidades nacionales o internacionales. Tenga en cuenta lo siguiente para realizar este trámite.
Organizaciones pueden excluir el IVA en importación de bienes y equipos que estén destinados a ciertas actividades y que vayan a ser donados a favor de entidades sin ánimo de lucro por personas o entidades nacionales o internacionales. Tenga en cuenta lo siguiente para realizar este trámite.
Las organizaciones tienen la opción de excluir el impuesto al valor agregado en importación de bienes y equipos destinados al deporte, salud, investigación científica y tecnológica y a la educación, donados a favor de entidades sin ánimo de lucro –ESAL– por personas o entidades nacionales, o por entidades o personas o gobiernos extranjeros, y cuando obtengan calificación del Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro.
* La autorización para exención del impuesto al valor agregado IVA por importación de bienes y equipos donados a entidades sin ánimo de lucro, se obtiene en 15 día(s) – hábil(es).