Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exoneración de aportes para entidad excluida del régimen tributario especial


Actualizado: 4 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Una entidad que fue excluida del régimen tributario especial tiene derecho a la exoneración de aportes que señala el artículo 114-1 del Estatuto Tributario?

Resueltas noviembre 22 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, precisa que en los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario –ET– se encuentran señaladas las entidades que califican en el régimen tributario especial.

Ahora bien, es de anotar que si una entidad es excluida del régimen tributario y pasa al régimen ordinario, en tal caso puede aplicar la exoneración de aportes que establece el artículo 114 del ET, lo cual puede ser ratificado en la pregunta 8.5 del Concepto unificado 0481 de 2018.

 

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