Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exoneración de aportes parafiscales en propiedades horizontales de uso mixto


Actualizado: 27 octubre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Las propiedades horizontales mixtas están sometidas a la autorretención especial en renta y se encuentran exoneradas del pago de aportes parafiscales?

Pregunta resuelta 08 Octubre 2020

En este consultorio, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios analiza si las propiedades de uso mixto están exoneradas de realizar el pago de aportes parafiscales de que trata el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.

Recordemos que las copropiedades, desde el punto de vista comercial, se encuentran reguladas por la Ley 675 de 2001 y se clasifican, según su uso, en residenciales, comerciales y mixtas.

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