Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exoneración de parafiscales: ¿puede ser aplicada por entidades del régimen tributario especial?


Actualizado: 23 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿A las entidades del régimen tributario especial les aplica la exoneración de aportes parafiscales establecida en el artículo 114-1 del ET?

Pregunta resuelta junio 18 de 2020

Al leer el artículo 114-1 del Estatuto Tributario –ET– se observa que cierto tipo de contribuyentes están exonerados de realizar los aportes al Sena, ICBF y el aporte a salud.

Los detalles sobre esta exoneración y la posibilidad de aplicarla por los contribuyentes que califican en el régimen tributario especial –RTE– son mencionados en este video por el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios.

Para conocer más detalles sobre este tipo de contribuyentes, se puede leer lo dispuesto en el artículo 19 y 19-4 del ET, en conjunto con el Decreto 2150 de 2017.

Para profundizar en este tema, accede al siguiente enlace: https://actualicese.com/consultorio-tributario-con-el-dr-diego-guevara-entidades-del-regimen-tributario-especial/

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