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Facilidad de pago o acuerdo de pago: pasos para tramitarlo ante la DIAN


Facilidad de pago o acuerdo de pago: pasos para tramitarlo ante la DIAN
Actualizado: 13 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Documentación
  • Garantías admisibles para el otorgamiento de la facilidad de pago
  • Radicación de los documentos

Los contribuyentes que tengan obligaciones pendientes de pago con la DIAN, relacionadas con el impuesto de renta y complementarios, de IVA, retenciones en la fuente y, en general, cualquier impuesto administrado por ella, tienen la posibilidad de solicitar a esta entidad facilidades para el pago de dichas obligaciones, hasta por cinco años.

El estatuto tributario señala la posibilidad que tienen los contribuyentes de solicitar a la DIAN la facilidad de pago de las obligaciones tributarias pendientes con dicha entidad, sean estas impuestos, sanciones o intereses de mora, siempre y cuando el interesado ofrezca garantías personales, reales, bancarias o de cualquiera otra garantía (según sea el caso), que respalde suficientemente la deuda que se encuentra pendiente de pago.

Para ello, el interesado debe dirigirse a la oficina de la DIAN más cercana a su domicilio en cualquier fecha, pues el trámite no se puede hacer a través de la página web de la entidad, y presentar los documentos requeridos para realizar el trámite, del cual se obtendrá respuesta dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la cual se realice.

Documentación

Para solicitar la facilidad de pago o el acuerdo de pago, el interesado deberá reunir los siguientes documentos:

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante o interesado, o del representante legal, en caso de tratarse de una persona jurídica.
  • Un original y dos copias de la solicitud de facilidad de pago dirigida a la dirección seccional correspondiente. Esta solicitud debe contener:

* Ciudad, fecha y administración a la que se dirige.

* Nombre o razón social del deudor y NIT.

* Calidad en que actúa.

* Obligaciones objeto de la solicitud, plazo solicitado, periodicidad y modalidad de las cuotas.

* Especificaciones de la garantía ofrecida.

* Manifestación del solicitante acerca de la existencia de solicitud o facilidad de pago en otra administración, indicando la garantía allí ofrecida.

* Manifestación del solicitante de no estar reportado en el Boletín de Morosos de la Contaduría General de la Nación por incumplimiento de facilidades de pago en otras entidades del Estado.

* Manifestación del solicitante de la existencia de solicitud de compensación.

* Información respecto de estar incurso en procesos especiales.

* Dirección y teléfono del tercero garante, cuando la garantía ofrecida sea personal.

* Indicar si el contribuyente tiene proceso de determinación (fiscalización o liquidación) o discusión (jurídica) en la entidad.

  • Un original de los documentos soporte de la garantía ofrecida, que debe contener la aceptación bancaria, garantía o aval bancario o de corporación financiera, póliza de compañía de seguros, hipoteca, prenda, denuncia de bienes para su posterior embargo y secuestro, con la manifestación expresa del compromiso de no enajenarlos ni afectar su dominio, fiducia en garantía, libranza, garantías personales, pignoración de rentas de la Nación destinadas a entidades territoriales y entidades descentralizadas o fiducia en las administración y fuente de pagos.
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Garantías admisibles para el otorgamiento de la facilidad de pago

“Las garantías que se constituyan en favor de la DIAN para obtener la aprobación de la facilidad para el pago de las obligaciones, deberán cubrir suficientemente el valor de la deuda”

Para efecto del otorgamiento de la facilidad de pago serán admisibles las siguientes garantías, las cuales podrán ser aportadas directamente por el deudor o por un tercero a su nombre:

  • Aceptación bancaria o aval expedida por entidad financiera.
  • Póliza de compañía de seguros.
  • Hipoteca.
  • Prenda.
  • Embargo de bienes sujetos a registro.
  • Fiducia en garantía o en administración y fuentes de pagos.
  • Libranza.
  • Garantías personales (cuando la cuantía de la deuda no sea superior a 3.000 UVT).
Las garantías que se constituyan en favor de la DIAN para obtener la aprobación de la facilidad para el pago de las obligaciones, deberán cubrir suficientemente el valor de la deuda; es decir, la misma debe contener como mínimo el monto total de las obligaciones, sanciones actualizadas y los intereses causados hasta la fecha pactada para el pago de la primera cuota y dos meses más. (La información detallada de las garantías se encuentra en el instructivo IN-CA-0070 Garantías y otras actuaciones).

 Radicación de los documentos

Una vez reunida la documentación, el interesado deberá radicarla en la dirección seccional correspondiente. La DIAN realizará la respectiva verificación de la información y de los documentos, y comunicará la respuesta dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la cual se presentó la solicitud.

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