Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Facturación electrónica: después de los años vuelve a sonar su implementación


Facturación electrónica: después de los años vuelve a sonar su implementación
Actualizado: 1 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Desde el 2007 los colombianos vienen escuchando diversos comentarios sobre la implementación de la factura electrónica, pero nada que arranca. El ministro Cárdenas insiste con el tema, como la forma más innovadora que ayuda a prevenir la evasión de impuestos.

En junio del 2015, el ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas dijo que oficialmente habrá facturación electrónica en nuestro país. La DIAN, tomando como ejemplo a Chile y México, ha venido luchando contra la evasión, reduciendo los gastos del Gobierno a través de tres programas enfocados en: implementación de la facturación electrónica, control de la evasión existente de las cooperativas fantasma, y control del gasto público.

Para Cárdenas, la facturación electrónica es la forma más innovadora que existe para prevenir la evasión de impuestos. El contrabando y la evasión de impuestos, “destruye la base empresarial de Colombia”. Así lo manifestó en entrevista con El Tiempo. El anuncio de la facturación electrónica significa que las empresas que operan en nuestro país necesitan estar preparadas para estos cambios fiscales.

Un ‘cuento’ de años atrás

No es la primera, ni la segunda, ni la tercera vez que escuchamos sobre la implementación de la factura electrónica en Colombia. Desde el segundo semestre del 2007 se comenzó a escuchar sobre este tema. La normatividad nos lleva hasta el Decreto 1929 del 20 de mayo del 2007, el cual reglamentó el artículo 616-1 del Estatuto Tributario relacionado con la aplicación de la factura electrónica y el artículo 26 de la Ley 962 de 2005, permitiendo la neutralidad tecnológica, y a los empresarios expedir esta factura.

“En el 2007, la DIAN expidió la Resolución 14465 por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica”

Dentro de las ventajas que se presentan está el ahorro de costos, mayor eficiencia al reducir los tiempos de gestión y permitir la agilidad en la toma de decisiones, integración con las aplicaciones de gestión internas de la empresa, facilidad en los procesos de auditoría, consecución de información en tiempo real, mayor control y flujos de transacciones agilizados.

En el 2007, la DIAN expidió la Resolución 14465 por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito y otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, y se adecua su sistema técnico de control.

Dicha resolución ratificaba que la persona natural o jurídica que deseaba expedir facturas electrónicas debía comunicar a la DIAN tal intención, pero antes tenía que obtener la Certificación de Calidad ISO 9001:2000. Y si no se utilizaban sus propias plataformas tecnológicas sino los servicios de un tercero, dicho tercero será entonces el que deba contar con la respectiva certificación de calidad.

En el 2008 se comenzaron a ver cifras favorables. Cada mes el número de facturas electrónicas sobrepasaba las 55.000 mensuales. Y aunque la cifra podría ser pequeña, los analistas decían que eran números importantes. Además, las estadísticas se elevarían por la vinculación de las empresas de servicios de energía y telefonía. Ese año, en órdenes de compra, Colombia movió US$800 millones mensuales.

Al siguiente año se dijo que Colombia adoptaría el sistema de la factura electrónica durante el segundo semestre, sistema en el que, para la época, Chile y México son pioneros en Latinoamérica y que según empresarios del sector, España lo es en Europa. Es decir, después de 19 meses de haberse expedido la Resolución 014465 se estaba hablando de “adoptar la factura electrónica”. Hoy, vuelve a ser tema de conversación.

Cifras muy pequeñas

Para el 2013, la DIAN realizaba esfuerzos para conseguir la masificación de la factura electrónica ya que apenas el 2% de las empresas habían migrado a dicha herramienta.

Un estudio de la firma especializada F&MTech, reveló la cifra mostrando que hay mucho campo de acción en esta modalidad. En un comunicado explica que la factura electrónica es un documento que soporta transacciones de venta de bienes o servicios, que para efectos fiscales debe ser, expedida, entregada, aceptada, exhibida y conservada por y en medios y formatos electrónicos, de acuerdo con los requisitos técnicos y legales establecidos por Ley 527 de 1999, el Decreto 1929 del 2007 y la Resolución 014465 del 2007.

“La factura electrónica es la punta del iceberg de la revolución digital empresarial: las empresas usan muchos documentos formales para sus operaciones, además de las facturas. Por ejemplo: cotización, orden de pedido, aviso de despacho, acuse de recibo, nota crédito, nota débito y comprobante de pago. Estos también desaparecerán en algún momento”, afirma Óscar Mauricio Moreno, socio de F&M Tech en El Espectador.

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