Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Falta de estructura económica de contratos de revisoría esconde participación de personal incompetente


Tratándose de las empresas de interés público, hace años algunas legislaciones exigen a los auditores presentar informes de independencia, también llamados de transparencia. Es sabido que en muchas ocasiones los profesionales han enfrentado dificultades e impedimentos que no se revelan. Para algunos es necesario que estas situaciones se conozcan, al menos, por los comités de auditoría. A propósito, Brydon sugirió:

Audit firms ensure a clear separation between the team which negotiates the audit fees, and the team which carries out the audit(s). ―Audit firms be required to publish the profitability of their work from audit, and also the remuneration of their Senior Statutory Auditors and the attendant performance measures around that remuneration. ―Auditors disclose, within the audit report, the hours spent on each audit by each grade within the audit team. ―Clear reasons be given for any resignation, dismissal or decision not to participate in a retender; auditors and companies should answer relevant questions in a general meeting.”

En Colombia la falta de difusión de la estructura económica de los contratos de revisoría está escondiendo la participación de personal incompetente, y la realización incompleta de las tareas.

Mientras los costos superan la inflación promedio, los ingresos tratan de mantenerse sin aumentos, lo que conlleva una pérdida de rentabilidad que debe estudiarse para establecer cómo se ha venido superando.

No tiene sentido que los socios y gerentes obtengan gigantes remuneraciones mientras los séniores y júniores obtienen bajos sueldos. Luego se quejan de la alta rotación, que se explica por la necesidad de mejorar económicamente. Tampoco tienen sentido las grandes comisiones que se pagan por haber conseguido un contrato, comisiones que afectan los recursos disponibles para su realización.

Se sabe de muchas presiones de los administradores, especialmente de los propios contadores, dirigidas a obtener la aceptación de reconocimientos, mediciones o clasificaciones indebidas.

En muchos casos los auditores estiran los niveles de materialidad o de error tolerable para justificar ciertos comportamientos de la gerencia, colocando a las empresas en la calidad de autores de infracciones, o exponiéndolas a muy altos riesgos. El mejor antídoto es la revelación, la cual debería generar protecciones sobre el revisor fiscal. Un informe sobre las horas realmente utilizadas, y el personal que efectivamente participó, sinceraría las subsiguientes contrataciones.

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Crememos que, como en otras jurisdicciones, debe exigirse la revelación pública de los motivos por los que se reemplace un revisor, dándole la oportunidad de pronunciarse al respecto.

No podemos seguir escondiendo a quienes cambian de auditor para contratar uno que los favorezca en su dictamen. Además, la terminación anticipada de los contratos, sin justa causa, debe originar una indemnización. La transparencia implica saber cuándo se cambia la firma de auditoría, pero no el respectivo equipo.

Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 4810, enero 20 de 2020.

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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