El 13 de febrero de 2019 el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 0312, con la que se establecieron los estándares mínimos para tener en cuenta en la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
Además, estableció las fases y fechas para su implementación.
El 13 de febrero de 2019 el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 0312, con la que se establecieron los estándares mínimos para tener en cuenta en la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
Además, estableció las fases y fechas para su implementación.
El artículo 25 de la Resolución 0312 de 2019 señala las fases y fechas que deben tener en cuenta los empleadores y contratantes para ejecutar las fases de adecuación, transición y aplicación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
Dichos plazos se encuentran estructurados de la siguiente manera:
En este orden de ideas, actualmente las empresas ya deben tener implementado su sistema de seguridad y salud en el trabajo y deben encontrarse en la última fase que corresponde a la inspección por parte del Ministerio del Trabajo. Esta fase supone que los inspectores del Mintrabajo programarán visitas en cada empresa, con la finalidad de verificar la ejecución y resultados del sistema.
Recuerda que las empresas que hagan caso omiso a estos lineamientos se exponen a cuantiosas sanciones que pueden llegar hasta los 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015.
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