Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fiducia en garantía y su reconocimiento según los Estándares Internacionales


Actualizado: 24 agosto, 2016 (hace 8 años)

La forma adecuada de determinar el reconocimiento, medición, presentación y revelación de los acuerdos de fiducia no está claramente indicada en el Estándar Internacional y debe extractarse de los puntos abordados en el marco conceptual, según las condiciones de cada contrato en particular.

Los acuerdos de fiducia pueden o no involucrar la transferencia de bienes, pero no es solamente esta condición –sobre la clasificación como fiducia mercantil o encargo fiduciario– la que determina la adecuada forma de llevar los datos resultantes a la contabilidad. El negocio de fiducia en garantía específicamente pretende garantizar uno o varios créditos con un bien inmueble. 

Reconocimiento según el Estándar Internacional

El fiduciante entrega el bien inmueble a la fiduciaria y traspasa la propiedad del mismo. La fiduciaria conservará el control legal sobre el inmueble y lo entregará a los acreedores en caso de incumplimiento por parte del deudor (fiduciante).

En este panorama, dado que el deudor (fiduciante) traspasa la propiedad del inmueble pero no sus riesgos y beneficios, debe seguir reconociendo el activo en sus estados financieros en la categoría a la cual corresponda (propiedades, planta y equipo o propiedades de inversión) y aplicar los requerimientos del Estándar Internacional para esa categoría.

La entidad que realiza el reconocimiento de este tipo de operación deberá revelar amplia información relacionada con sus contratos de fiducia, a fin de que los usuarios de la información financiera puedan hacerse una idea clara y completa en relación a los activos y pasivos de la entidad.

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