Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Firma del vendedor en el documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar


Actualizado: 16 octubre, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿El documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar debe contar con la firma del vendedor?

Pregunta resuelta Octubre 01 del 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, se analiza si el documento soporte elaborado en las adquisiciones efectuadas a los contribuyentes no obligados a facturar debe contener la firma de quien actúa como vendedor.

Para conocer más detalles sobre la correcta realización de este documento, se recomienda leer algunas normas, como el Decreto 358 de 2020 y la Resolución 000042 de 2020.

Es importante tener presente que no expedir la factura electrónica puede ocasionar la clausura del establecimiento en los términos de lo establecido en el artículo 657 del Estatuto Tributario –ET–.

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