Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fondo de riesgos laborales: objetivos y características


Fondo de riesgos laborales: objetivos y características
Actualizado: 3 julio, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • El fondo de riesgos laborales está conformado por los siguientes recursos:
  • ¿Cuál es su objetivo?
  • Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo

Donaciones, multas y aportes del presupuesto nacional, entre otros puntos, componen el fondo de riesgos laborales, una cuenta especial perteneciente al Ministerio del Trabajo. Con el fondo se busca adelantar campañas educativas, así como financiación de investigaciones para desarrollar el SG-SST.

El fondo de riesgos laborales es una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio del Trabajo, cuyos recursos son administrados por medio de una fiducia.

El fondo de riesgos laborales está conformado por los siguientes recursos:

  • El uno por ciento (1%) del recaudo por cotizaciones a cargo de los empleadores.
  • Aportes del presupuesto nacional.
  • Multas.
  • Los recursos que aporten las entidades territoriales para planes de prevención de riesgos.
  • Recursos laborales en sus respectivos territorios, o de agremiaciones o federaciones para sus afiliados.
  • Las donaciones y, en general, los demás recursos que reciba a cualquier título.

¿Cuál es su objetivo?

“Realizar estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la población vulnerable”

Según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 776 de 2002, modificado por el artículo 43 de la Ley 1438 de 2011, el objeto del fondo de riesgos laborales es:

  • Adelantar estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todo el territorio nacional, en especial el artículo 88 del Decreto 1295 de 1994.
  • Realizar estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en la población vulnerable del territorio nacional.
  • También podrán financiarse estudios de investigación que soporten las decisiones que, en materia financiera, actuarial o técnica, se requieran para el desarrollo del sistema general de riesgos laborales, así como para crear e implementar un sistema único de información del sistema, y un sistema de garantía de calidad de la gestión del sistema de riesgos laborales.
  • Financiar la realización de actividades de promoción y prevención dentro de los programas de atención primaria en salud. En ningún caso, la aplicación de los recursos del fondo podrá superar el 40% en el objeto señalado en el literal a), ni el 10% en el literal c), ni el 15% en el literal d). Lo restante será utilizado en el literal b).

Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo

Desde el 10 de julio de 2015, el Ministerio del Trabajo viene realizando jornadas dirigidas a empleadores del sector público y privado para brindar herramientas en beneficio del fortalecimiento de la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– con beneficios e impactos en la salud de los trabajadores y así contribuir a su bienestar y calidad de vida laboral.

Es importante que los empleadores del sector público y privado definan las directrices de cumplimiento obligatorio para implementar el sistema en materia de riesgos laborales en las empresas del país.

El sistema, antes conocido como salud ocupacional, busca identificar los peligros; evaluar y valorar los riesgos; establecer los respectivos controles; y proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del sistema en la respectiva empresa, y cumplir de esta manera con la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.

La nueva medida también señala que se debe adelantar una revisión del SG-SST por lo menos una vez al año, como estrategia para implementar las acciones preventivas, correctivas y de mejora a que hubiere lugar.

Las empresas que no cumplan con la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo podrán ser sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes y, en caso de reincidencia, se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de 120 días o el cierre definitivo de la empresa.

* Con información del Ministerio del Trabajo.

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