Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Formatos a presentar de información exógena para empresa que no tuvo ingresos en el año 2016


Actualizado: 28 abril, 2017 (hace 7 años)

Si una empresa en el año 2016 no tuvo los ingresos para presentar exógena, ¿qué formatos estarían obligados a presentar?

El Dr. Diego Guevara aclara que si es para presentar la información exógena del año gravable 2016 se debe validar la Resolución 000112 de octubre de 2015. Adicionalmente, se debe considerar las resoluciones 000084 de 2016 y la 000016 de 2017.

En el artículo 4 de la Resolución 000112 de 2015 se establece quiénes quedan obligados a reportar información exógena. A continuación se relacionan algunos:

  1. a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000).
  2. b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).
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