La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– dispuso un formulario estandarizado para la postulación al Programa de Apoyo al Empleo Formal y al Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios simultáneamente por el mes de julio. Este formulario solo estará disponible por dicho mes.
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– dispuso un formulario estandarizado para la postulación al Programa de Apoyo al Empleo Formal y al Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios simultáneamente por el mes de julio. Este formulario solo estará disponible por dicho mes.
Con ocasión de la contingencia generada en el país por la pandemia del COVID-19, y la afectación que esta ha tenido en las finanzas de las empresas, el Gobierno nacional creó dos (2) programas que tienen como finalidad la protección del empleo e ingresos de los trabajadores, a saber:
La vigencia de este programa se extenderá hasta agosto de este año (amplía este tema mediante nuestro editorial Programa de Apoyo al Empleo Formal: se amplían plazos de postulación).
Para este mes en particular, se estableció que el término para la postulación al PAP se ajustará al del Paef (13 al 21 de julio de este año), por lo tanto, las empresas se podrán postular de manera simultánea a ambos programas; para esto, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– ha implementado un formulario estandarizado.
Como fue mencionado, mediante la Circular Externa 003 de 2020, la UGPP determinó un nuevo formulario estándar por medio del cual los interesados podrán postularse al Paef y al PAP de manera concurrente, es decir, podrán hacer uso de un solo formulario para postularse a ambos programas.
Este nuevo formulario determina tres anexos que deben ser adjuntados de manera obligatoria.
El primero es la certificación del cumplimiento de los requisitos de postulación, el segundo es el registro único tributario –RUT– y el tercer anexo, que solo debe incluirse en el evento en que el interesado se postule adicionalmente al PAP, es una certificación por medio de la cual el interesado garantice su intención de ser beneficiario de este programa.
Nota: se debe tener en cuenta que, aunque en la circular en mención se encuentre un ejemplar del formulario, este no es válido. Se debe solicitar el formulario directamente en la entidad financiera en la cual se realizará la postulación para el PAP; recordemos que esta debe ser la misma en la cual se realizó la postulación para el Paef.
La UGPP determina mediante la circular en mención que este nuevo formulario solo podrá ser utilizado para la postulación al PAP y al Paef del mes de julio, por lo tanto, la postulación al Paef del mes de agosto deberá llevarse a cabo con el formulario dispuesto mediante la Circular 002 de 2020, es decir, el mismo con el cual se realizó la solicitud de junio.