Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Formularios 300 y 350: posibles novedades que deben tenerse en cuenta al momento de su uso en 2017


Formularios 300 y 350: posibles novedades que deben tenerse en cuenta al momento de su uso en 2017
Actualizado: 7 marzo, 2017 (hace 7 años)

El 23 de febrero de 2017 la DIAN publicó el proyecto de resolución con el cual se prescribirán, entre otros, los formularios 310 para las declaraciones del INC y el 350 para las declaraciones de retenciones y autorretenciones en la fuente, de marzo 2017 en adelante.

Lo que sería el nuevo formulario 310 para declaraciones del INC en 2017

Al comparar la nueva versión del formulario 310, que se utilizaría para las declaraciones bimestrales del Impuesto Nacional al Consumo –INC– en 2017, y lo que fue el formulario 310 para las declaraciones bimestrales de este impuesto para el 2016 se observan las siguientes novedades:

  1. En los renglones 32 y 39 del nuevo formulario 310 se solicitaría informar el valor “base del impuesto” y el “impuesto generado” para las operaciones correspondientes a la venta de productos transformados a partir del Cannabis. En dichas ventas deberá generarse un INC del 16%. Cabe destacar que si en el bimestre se producen “devoluciones en ventas”, en los renglones del formulario 310 donde se pide reportar los valores “base del impuesto” habría que reportar los valores de las ventas netas. Asimismo, en los renglones donde hay que reportar el “impuesto generado”, se tendría que reportar el valor del impuesto generado neto.
  2. Se adicionarían los nuevos renglones 40 hasta 49 donde se tendrán que discriminar las cantidades de bolsas plásticas y el valor del INC que se cobrará sobre estasLos únicos responsables de cobrar el INC sobre las bolsas plásticas serán las personas naturales y/o jurídicas pertenecientes al régimen común del IVA. Además, la tarifa de $20 por cada bolsa podrá reducirse en porcentajes entre el 0% y el 75%.

Lo que sería el nuevo formulario 350 para el período marzo 2017 en adelante

“el declarante informaría el “código de actividad económica” y la “tarifa” con la cual se practicaron durante el respectivo mes las nuevas autorretenciones especiales a título de renta y complementario”

Al comparar el formulario 350, prescrito con el artículo 9 de la Resolución 000006 de febrero 3 de 2017, y lo que sería el nuevo formulario 350 a utilizar para las declaraciones de marzo de 2017 en adelante se observan estas novedades:

  1. En las casillas 87 y 88 del nuevo formulario 350 el declarante informaría el “código de actividad económica” y la “tarifa” con la cual se practicaron durante el respectivo mes las nuevas autorretenciones especiales a título de renta y complementario establecidas en el parágrafo 2 del artículo 365 del ET. El valor base de dichas autorretenciones y la respectiva autorretención serán reportadas en los nuevos renglones 42 y 66 diseñados al formulario.
  2. Entre los renglones 27 a 41 y 51 a 65 del nuevo formulario 350 se seguiría solicitando informar los “valores base” y las “retenciones a título de renta” practicados a los beneficiarios domiciliados en Colombia. Sin embargo, en los renglones 27 y 28 ya no se solicitaría informar los valores bases por pagos a “empleados”, sino los valores base por conceptos de “Rentas de trabajo” o por “Pensiones”. Además, en los renglones 34 y 58 del nuevo formulario 350 se solicitaría informar el “valor base” y la “retención en la fuente” cuando se realicen pagos por “Regalías y explotación de la propiedad intelectual”.
  3. Entre los renglones 42 a 48 y 66 a 72 del formulario 350 se solicitaría informar el “valor base” y el valor de las “autorretenciones a título de renta”. Tenga en cuenta que en el formulario 350, prescrito para enero y febrero de 2017, los renglones 69 a 74 solo permiten reportar el valor de las respectivas autorretenciones, pero no hay renglones para reportar el “valor base” de las mismas.
  4. Entre los renglones 49 a 50 y 73 a 74 del formulario 350 se solicitaría informar tanto el “valor base” como el valor de las respectivas “retenciones en la fuente” practicadas a terceros domiciliados en el exterior. La información de estos renglones se obtendrá a partir de la información que primero se diligencia en la “hoja 2”, la cual acompaña al formulario 350. En comparación con la información que se obtiene a través de los renglones 57 a 68 del formulario 350 que se prescribió para ser utilizado durante enero y febrero de 2017, la DIAN ya no podría obtener, a través de los renglones 49 a 50 y 73 a 74 del nuevo formulario 350, la información sobre el “concepto” por el cual se practicarán las retenciones a título de renta a los terceros domiciliados en el exterior.
  5. Ya no se solicitaría información sobre retenciones de IVA asumidas en operaciones con personas naturales del régimen simplificado. Al respecto, téngase en cuenta que en el formulario 350 que se prescribió para enero y febrero de 2017, la instrucción del renglón 78 indica que durante dichos meses no debe diligenciarse dicho renglón.
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