Cuando hablamos de garantías mobiliarias hacemos referencia a una figura de orden financiero de carácter inclusivo que tiene por objetivo respaldar créditos, y servir como apoyo a personas naturales y jurídicas que requieran alternativas de financiamiento.
Cuando hablamos de garantías mobiliarias hacemos referencia a una figura de orden financiero de carácter inclusivo que tiene por objetivo respaldar créditos, y servir como apoyo a personas naturales y jurídicas que requieran alternativas de financiamiento.
Partamos del siguiente caso para entender este tema. Claudia se quiere iniciar en el negocio de la costura y por tal motivo quiere comprar una máquina para su emprendimiento, sin embargo, es muy costosa y ella no cuenta con el dinero para pagarla de contado. Es aquí donde aparece el proveedor y le ofrece una serie de planes de financiación, con la condición de dejar la máquina como garantía de pago, pudiendo utilizarla mientras la paga previo acuerdo entre las partes.
Para los casos en que se otorga uno o varios bienes muebles, materiales o inmateriales (contratos, carros, acciones, electrodomésticos, maquinaria, entre otros) como garantía al pago de un crédito o deuda, se habla de garantía mobiliaria, figura regulada por la Ley 1776 de 2013 y que cuenta con un conjunto de requisitos para su constitución, obligaciones y derechos de las partes, además de contemplar otras situaciones especiales que regulan el tratamiento.
La realiza el acreedor, quien debe ingresar a la plataforma electrónica y solicitar una cuenta de usuario, diligenciar los formularios y pagar los derechos. Seguidamente el registro será creado y archivado automáticamente. Una vez se inscriba la garantía, se podrá consultar y solicitar certificados en cualquier momento y desde cualquier lugar a través de internet. Cualquier modificación o cambio la podrá hacer solo el acreedor.
No hay limitación de acreedores, cualquier persona, empresa comercial o institución financiera puede ofrecer créditos con garantía, como: bancos, cooperativas y fiduciarias.
Debe acercarse a las oficinas de las instituciones financieras para obtener toda la información y conocer cuáles son aquellos bienes y derechos susceptibles de ser entregados en garantía y cuáles no. Este sistema permite emplear como garantía bienes que anteriormente no estaban siendo aceptados en el sistema crédito nacional, aumentando así las posibilidades de financiamiento.