Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Un rentista de capital cuyos ingresos provienen de intereses por préstamos puede deducir en su declaración de renta los intereses pagados a terceros también por concepto de préstamos?
Resuelta 22 de marzo de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Un rentista de capital cuyos ingresos provienen de intereses por préstamos puede deducir en su declaración de renta los intereses pagados a terceros también por concepto de préstamos?
Resuelta 22 de marzo de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que, si una persona natural se está dedicando a prestar dinero, dicha actividad está catalogada como mercantil, de acuerdo con lo que dispone el Código de Comercio en su artículo 20. Por tal razón, tendrá la obligación de llevar contabilidad.
Ahora bien, si se trata de una persona natural residente, al momento de efectuar la declaración de renta tendrá que utilizar el formulario 210 cedulado, sin importar que lleve o no contabilidad, pues el formulario 110 solo tiene aplicabilidad para las personas jurídicas y para las personas naturales no residentes.
En ese sentido, esta persona tendrá que reportar los ingresos en cédula de rentas de capital, en la cual podrá deducirse los costos por intereses en los cuales haya incurrido.