Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gazapos. El uso de la palabra «Causar» – Luis Jorge Bernal Moreno


Causar

Entre los contadores se  ha generalizado la costumbre el uso de la palabra “causar” con el significado de registrar o contabilizar, uso que ocasiona confusión para los no contadores e inclusive para nosotros mismos.

El significado del verbo causar, para efectos de la administración o de la contabilidad, es realizar una transacción que origina un derecho económico o una obligación también económica.

Quien origina un derecho o una obligación con sus actuaciones es el administrador al efectuar una compra o una venta, al recibir o prestar un servicio. En este punto es que se causa el derecho u obligación y no cuando el contador la va a registrar o contabilizar.

Cuando hablamos de acreditar o debitar en cuenta una obligación, no debemos decir que estamos causándola, pues ello es un error idiomático. Simplemente debemos decir que estamos contabilizándola o registrándola en la contabilidad.

Esta expresión se suele también confundir con aprovisionar, significado que es más comprensible para los no contadores, pero que no es exacta, pues solo hacemos provisiones cuando es necesario calcular un valor aproximado de una obligación a pagar que se ha causado ya, pero de la cual no tenemos una liquidación definitiva, para contabilizarla como un pasivo ya reconocido.

Contadora Pública

Liliana Monteroso, contador público. Será que se menciona una persona LGBT que se cambió de sexo pero no de nombre? Que feo error de gramática que se origina en la machista legislación que establece que todas las profesiones son de género masculino. En buen Castellano, el género no se puede desconocer  para ningún uso.

Aunque los títulos no lo dicen así, las contadoras deben hacer gala de su feminidad y presentarse adecuadamente. Liliana Monteroso, Contadora Pública.

Libros de Contabilidad

Curiosamente, casi ningún programa de contabilidad cumple con los requisitos que exige el código de comercio para el libro diario.

En el libro diario debe aparecer el resumen del movimiento de un periodo,  diario o mensual, por comprobantes de diario, o por grupos de documentos.

Para llegar a estos valores resumidos el sistema debe elaborar una relación que contenga todos los movimientos, ordenados por cuentas, relación que bien puede llamarse comprobante de diario y sus totales serán los que se ven reflejados en el libro diario.

Si bien en los programas modernos se puede sortear la información para analizarla de diversas maneras, con estos listados no se tiene una agrupación coherente e integral para revisar si los valores que aparecen para el libro diario son verdaderamente la suma de los registros de cada cuenta en particular. En este aspecto estamos confiando en que el computador no se equivoque, pues sumar uno a uno los registros sería un trabajo extensísimo.

Por supuesto un listado en las condiciones mencionadas no cumple las condiciones de facilidad para el análisis de la información. Y si no se imprime, que es lo que viene haciéndose en todas partes, menos cumple las condiciones prácticas y legales.

Sancho

Autor:
Luis Jorge Bernal Moreno
E-mail: ljbernalm@gmail.com

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