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Generalidades y tratamiento contable ante la distribución de utilidades

En esta conferencia presentamos las definiciones y generalidades de los tipos de sociedades, los aportes de capital que se realizan para conformarlas y el tratamiento contable que debe ejecutarse ante el proyecto y distribución de utilidades. Todo ello, a través de casos prácticos.

Fecha de publicación: 28 de febrero de 2018
Generalidades y tratamiento contable ante la distribución de utilidades
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esta conferencia presentamos las definiciones y generalidades de los tipos de sociedades, los aportes de capital que se realizan para conformarlas y el tratamiento contable que debe ejecutarse ante el proyecto y distribución de utilidades. Todo ello, a través de casos prácticos.

Las sociedades se dividen en dos grandes grupos: las sociedades de capital y las sociedades de personas. Veamos. 

  • Sociedades de personas: son sociedades donde lo más importante son las personas que la conforman y, por lo general, estas sociedades están conformadas por miembros de una familia o por amigos muy cercanos. Entre ellas se encuentra la sociedad limitada, sociedad colectiva, sociedad en comandita simple, sociedad unipersonal y cooperativa. 
  • Sociedades de capital: son aquellas en las que lo que predomina es el aporte de cada socio y no las personas. Entre estas sociedades se encuentra la sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones, sociedad de economía mixta y sociedad por acciones simplificadas. 

A partir del momento en el cual fue posible la creación de sociedades por acciones simplificadas en Colombia, se ha desplazado la creación de sociedades unipersonales y la creación de empresas de personas. Esto se evidencia en la cotidianidad, donde no es muy común encontrar empresas colectivas o en comandita simple. 

Por otra parte, cabe aclarar que, en cuanto al capital social, en las sociedades colectivas este se denomina partes de interés; en la sociedad limitada y en comandita simple, se denomina cuotas; en las sociedades anónimas, en comandita por acciones y la sociedad por acciones simplificada, se denominan acciones o, bajo Estándares Internacionales, “Instrumentos de patrimonio”. 

En el ejercicio social debe existir, al menos, un corte de cuentas al 31 de diciembre. Sin embargo, los estatutos de la sociedad pueden disponer períodos contables distintos a un año, tales como un trimestre o un semestre. Indistintamente del corte, los administradores deben dar cuenta de su gestión a la junta de socios e informar sobre la situación financiera y contable de la sociedad. 

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