Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gobierno está ‘puyando’ para que las empresas paguen el Impuesto al Patrimonio


Gobierno está ‘puyando’ para que las empresas paguen el Impuesto al Patrimonio
Actualizado: 15 junio, 2011 (hace 13 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • La campaña del Gobierno
  • La posición de la DIAN
  • ¿Será que buscan eludir impuestos?
  • ¿Qué son los contratos de estabilidad jurídica?

Consecuencias nocivas podrían afectar a un grupo de empresas que se niegan a pagar el Impuesto al Patrimonio. Parece ser que habrá lío jurídico entre las dos partes.

Resulta que 39 empresas habían firmado contratos de estabilidad jurídica, lo que haría que estas no pagaran el Impuesto al Patrimonio. La controversia está sobre la mesa porque mientras las compañías consideran que el contrato de estabilidad jurídica los exonera de pagar el impuesto al patrimonio, para la DIAN estos contribuyentes no están exonerados.

Lo que se podría venir es una batalla jurídica entre las partes. Las empresas ya han solicitado a través de un derecho de petición a la DIAN que cambie el concepto y, por otro, algunos abogados están recomendando demandar a la Nación para hacer exigible el contrato de estabilidad jurídica.

La campaña del Gobierno

Como lo publica Dinero, el Gobierno está haciendo circular una carta entre las 39 empresas, firmada por los Ministros de Hacienda y Defensa, en la que hace un recuento de los avances en materia de seguridad y los impactos que ha tenido, por ejemplo, en el aumento de la inversión extranjera.

La carta invita a las empresas a cumplir con el pago. “La eventualidad de que en este momento histórico se disminuyera el respaldo empresarial, a través de demandas o solicitudes dirigidas a sustraerse del pago del tributo extraordinario en las condiciones previstas por la nueva ley tendría consecuencias altamente nocivas. Por esta razón el Gobierno Nacional, espera que su empresa de cumplimiento a los pagos previstos”, dice el comunicado.

La posición de la DIAN

Para las empresas se trata de dos impuestos iguales y, en su concepto, se estaría violando el contrato porque se les extendió la fecha cuatro años a través de una norma.

La DIAN piensa lo contrario. Amparada en la Ley 1370 de 2009, la cual faculta la aplicación del nuevo gravamen sin ninguna excepción, aún a aquellas personas jurídicas que al momento de su expedición hubiesen suscrito un acuerdo de estabilidad jurídica, sostiene que todos los sujetos de impuesto al patrimonio tienen que pagarlo.

Para la DIAN, aunque los anteriores contratos de estabilidad jurídica incluyeron disposiciones relativas al impuesto al patrimonio creado por la Ley 1111 de 2006, «los contribuyentes que suscribieron estos acuerdos no están exonerados del nuevo impuesto establecido por la Ley 1370 de 2009, ya que esta última no constituye una modificación de la ley anterior».

¿Será que buscan eludir impuestos?

En lo que va corrido del año, La DIAN ha realizado investigaciones contra entidades que no pagaron el cuatro por mil. “Algunos de los esquemas ofrecidos a los contribuyentes, no estaban amparados por la ley. La elusión de ese cuatro por mil le costo al país el valor de cuatro reformas tributarias”, ha manifestado Juan Ricardo Ortega.

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Uno de los esquemas a los que se refiere Ortega es a las operaciones de compensación y liquidación hechas por comisionistas de bolsa y fiduciarias. Para los comisionistas de bolsa, el gravar las transacciones derivadas de una operación en bolsa sería un duro golpe que afectaría el boom que está viviendo el mercado de capitales y que pondría incluso en riesgo la supervivencia de varias firmas.

El objetivo final es evitar la elusión que se estaría haciendo mediante la utilización de estas operaciones para hacer pagos de nómina, a proveedores y terceros, con lo cual se estarían dejando de percibir alrededor de $400.000 millones.

¿Qué son los contratos de estabilidad jurídica?

Es una herramienta con la que cuentan los inversionistas nacionales y extranjeros para consolidar inversiones seguras y estables en nuestro país. Los inversionistas deben identificar cuáles normas son determinantes para su inversión y se garantiza que si se modifica de forma adversa, la norma que estabilizó será la que le aplique durante la duración del contrato, el cual puede variar entre 3 y 20 años.

Existen dos requisitos. Realizar inversiones superiores a 2.1 millones de dólares (7.500 S.M.L.M.V) y pagar a la Nación una prima del 1% del valor de la inversión. Si la inversión, tiene un período improductivo, el monto de la prima durante dicho período será del cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor de la inversión que se realice en cada año.

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