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Gobierno modifica nuevamente la lista de paraísos fiscales para el año gravable 2015


Gobierno modifica nuevamente la lista de paraísos fiscales para el año gravable 2015
Actualizado: 27 octubre, 2014 (hace 10 años)

Mediante el Decreto 2095 de octubre 21 de 2014, el gobierno modificó el Decreto 1966 de octubre 7 del mismo año, retirando de la lista de paraísos fiscales a cuatro países y/o territorios, entre ellos a Panamá.

El pasado 21 de octubre de 2014, y luego de todo el revuelo diplomático que se había originado con la expedición del Decreto 1966 de octubre 7 de 2014 que incluyó al vecino país de Panamá en el listado de 41 países o territorios que Colombia considerará como paraísos fiscales para el año gravable 2015, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2095 para modificar al artículo 1 del Decreto 1966 excluyendo a Panamá, Barbados, Emiratos Árabes Unidos y al Principado de Mónaco de dicho listado.

“la República de Colombia y la República de Panamá acordaron el 21 de octubre de 2014, a través de comunicaciones oficiales, firmar un Memorando de Entendimiento por parte de los ministros de relaciones exteriores de ambos Estados, que tendrá como objetivo analizar, negociar y concretar a más tardar el 30 de septiembre de 2015, un Acuerdo para Evitar la Doble Tributación”

Para el caso de Panamá, en los considerandos del Decreto 2095 se mencionó que la motivación para tomar dicha decisión radicó en que “la República de Colombia y la República de Panamá acordaron el 21 de octubre de 2014, a través de comunicaciones oficiales, firmar un Memorando de Entendimiento por parte de los ministros de relaciones exteriores de ambos Estados, que tendrá como objetivo analizar, negociar y concretar a más tardar el 30 de septiembre de 2015, un Acuerdo para Evitar la Doble Tributación, el cual incluirá normas que regulen el intercambio de información”.

En el caso de Emiratos Árabes Unidos, Barbados y el Principado de Mónaco, la motivación también consistió en que dichos países y/o territorios firmaron acuerdos para intercambios de información tributaria.

La búsqueda de los bienes ocultos

Es claro que sin el logro de los mencionados acuerdos de intercambio de información tributaria al gobierno colombiano se le dificultaría combatir la evasión por parte de aquellas entidades y personas que ocultan sus riquezas en especial en los países considerados paraísos fiscales.

De acuerdo con informes de revistas especializadas, “la evasión tributaria de colombianos, a través de los distintos paraísos fiscales, oscila entre 4 y 15 billones de pesos. Como Panamá es el país más cercano, se presume que la mayor parte de este monto podría estar allá.” 

Al respecto, el nuevo proyecto de Reforma Tributaria radicado en octubre 3 de 2014 en el Congreso, en el artículo 24 del proyecto, propone modificar el Código Penal agregándole el artículo 434-A para establecer que si un contribuyente omite declarar activos, en Colombia o en el exterior, o incluye pasivos inexistentes, y el monto de dichos activos ocultos más pasivos ficticios supera los 12.966 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se le sancionará con prisión de 48 a 108 meses y una multa del 20% de los activos omitidos o de los pasivos inexistentes.

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