Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hechos que se configuran abuso en materia tributaria por entidades del régimen tributario especial


Actualizado: 1 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿En qué casos se configura abuso en materia tributaria por parte de las entidades del régimen tributario especial? 

Resueltas el 26 de abril del 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que, para dar respuesta a la consulta, se debe validar lo que dispone el artículo 364-2 del Estatuto Tributario; disposición que fue adicionada mediante el artículo 159 de la Ley 1819 de 2016.

De la citada norma, se resalta que se configurará abuso en materia tributaria por las entidades del régimen tributario especial, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Que no se efectúen actividades consideras meritorias.
  2. Que los excedentes sean distribuidos entre sus fundadores directa o indirectamente.
  3. Cuando se prestan servicios y a cambio se reciben donaciones.
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