Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Identificación de partes relacionadas


Actualizado: 1 julio, 2015 (hace 9 años)

La Sección 33 de la NIIF para pymes en el párrafo 2, ilustra lo que se considera una parte relacionada, teniendo en cuenta que las transacciones con estas generalmente no se hacen en las mismas condiciones en que se harían con un tercero y, por tanto, para evitar imprecisiones en la información financiera y facilitar que el usuario de los estados financieros tenga un conocimiento claro de cuáles transacciones pueden estar sesgadas por relación entre las partes, la Sección 33 define en cuáles casos se considera la existencia de partes relacionadas.

Una parte relacionada es una persona natural (y sus familiares cercanos) que es miembro del personal clave de la gerencia de la entidad, ya sea de la que informa o de una controladora, es una persona que ejerce control total, control conjunto o influencia significativa sobre la entidad que informa o tiene poder de voto significativo sobre ella. Un socio mayoritario es una parte relacionada de una entidad; también se considerarán partes relacionadas el director financiero, el de operaciones y el director ejecutivo, generalmente todas las personas que tienen altos cargos en la empresa, y los socios accionistas influyentes para la compañía, al igual que todos los familiares cercanos a esa parte relacionada directa.

La norma no define cuáles son familiares cercanos, pero se entiende que es todo aquel que pueda ejercer influencia sobre el titular: esposa, hijos, padres, etc., familiares en un grado de consanguinidad o afinidad cercano.

Una parte relacionada, también puede ser otra entidad; será parte relacionada cuando conformen el mismo grupo: una matriz y todas la subsidiarias son partes relacionadas, incluso las subsidiarias, entre ellas, se consideran partes relacionadas porque están en el mismo grupo económico; también cuando una de las entidades es asociada o negocio conjunto de la otra, las asociadas se consideran partes relacionadas, entre otros casos indicados en la Sección 33, párrafo 2 de la NIIF para pymes.

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