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Identificación Específica para asignación de costo a inventarios: definición según la NIIF para pymes


Identificación Específica para asignación de costo a inventarios: definición según la NIIF para pymes
Actualizado: 7 octubre, 2015 (hace 9 años)

Los párrafos 13.17 y 13.18 de la NIIF para pymes mencionan los diferentes métodos de valuación que se pueden utilizar para valorar los inventarios de materias primas o de productos finales. Por tanto, para ciertos inventarios que se fabrican bajo peticiones especiales se hará necesario utilizar el método de Identificación Específica.

Las instrucciones contenidas en los párrafos 13.17 y 13.18 de la NIIF para pymes (anexo técnico del Decreto 3022 de diciembre del 2013) establecen que existirán ciertos inventarios en los cuales se tendría que utilizar el método de Identificación Específica para poder valorarlos. En esas normas se lee:

“Una entidad medirá el costo de los inventarios de partidas que no son habitualmente intercambiables y de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos específicos, utilizando identificación específica de sus costos individuales”

“13.17 Una entidad medirá el costo de los inventarios de partidas que no son habitualmente intercambiables y de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos específicos, utilizando identificación específica de sus costos individuales.

13.18 Una entidad medirá el costo de los inventarios, distintos de los tratados en el párrafo 13.17, utilizando los métodos de primera entrada primera salida (FIFO) o costo promedio ponderado. Una entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los inventarios que tenga una naturaleza y uso similares. Para los inventarios con una naturaleza o uso diferente, puede estar justificada la utilización de fórmulas de costo distintas. El método última entrada primera salida (LIFO) no está permitido en esta NIIF”.

En vista de lo anterior,  cuando una entidad en su producción de bienes utilice inventarios de materias primas, que no son habitualmente intercambiables, es decir, que fueron adquiridas solo para ser utilizadas en la fabricación de un bien que se hará con ciertas características especiales solicitadas por un cliente en particular, dichas materias primas, y el producto final en que ellas se utilicen, serían valuadas mediante el método de Identificación Específica.

Un caso práctico

Para ilustrar lo anterior, supóngase que una empresa fabrica botes de lujo y en sus instalaciones tiene capacidad para fabricar solamente tres botes al mismo tiempo. En una ocasión, para la elaboración de uno de los tres botes, se tuvieron que comprar materiales especiales que fueron necesarios para darle ciertos lujos y acabados que fueron solicitados por el cliente para el cual se fabricaba el bote.

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Por tanto, los materiales básicos que se utilizan para la fabricación de los tres botes (ejemplo puntillas,  vidrios, cuerdas, etc.), los cuales cumplen con ser intercambiables, serían valuados con los métodos mencionados en el párrafo 13.18 (es decir, con el método del promedio ponderado, o el método FIFO). Pero los materiales especiales que solo se utilizarán en la fabricación del tercer bote (y que por tano no serían intercambiables) serían valuados con el método de identificación específica.

De igual forma, cuando se haya finalizado la fabricación de los tres botes, el valor del inventario final, para el caso del tercer bote, se obtendrá mediante el método de identificación específica.

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