Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Implementación de la facturación electrónica en microempresas


Actualizado: 19 junio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Qué aspectos fiscales deben ser considerados en la implementación de la facturación electrónica en las microempresas?

Resueltas el 14 de junio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario puntualmente el parágrafo transitorio segundo, se dictan medidas para establecer  que tanto los responsables del impuesto a las ventas como los del impuesto nacional al consumo en el régimen común, deberán implementar el sistema de facturación electrónica de forma obligatoria a partir del 01 de enero de 2019.

Es de anotar que se está gestando un proyecto de decreto que establece que las entidades más pequeñas pueden implementar el proceso de facturación electrónica pero a partir de octubre de 2019.

Igualmente se precisa que las normas que regulan el proceso de facturación electrónica son las siguientes: Decreto 2242 de noviembre de 2015, recopilado en el Decreto único tributario 1625 de 2016, Resolución 000019 de febrero de 2016 y Resolución 000001 de enero 05 de 2018

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