Respuesta de Juan David Maya la pregunta:
Una sociedad decide realizar una reducción de capital para evitar caer en disolución. ¿Esto es posible? ¿Cómo se puede contabilizar este hecho económico?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales señala que, para proceder a la reducción del capital social, una entidad deberá efectuar una reforma estatutaria en la que se pacte el compromiso de readquisición de acciones en poder de los socios. Esta decisión debe ser notificada a la Superintendencia de Sociedades, quien deberá pronunciarse al respecto.
Frente a la cuestión expuesta, la decisión de reducir el capital social para evitar que una entidad sea liquidada es una medida que no solventa la necesidad de liquidez cuando la causal de la disolución está ligada a la ocurrencia de pérdidas que hayan disminuido el patrimonio neto de la empresa por debajo del 50 % de su capital.