Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Implicaciones tributarias de no separar terrenos y edificaciones


Implicaciones tributarias de no separar terrenos y edificaciones
Actualizado: 17 julio, 2019 (hace 5 años)

Las edificaciones y los terrenos deben reconocerse en cuentas separadas, debido a que tienen naturalezas diferentes en cuanto a su vida útil e importe depreciable. Mencionamos las implicaciones tributarias que podría tener una entidad que no observe estas diferencias al declarar sus costos y gastos.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿Cuál es el riesgo fiscal de no separar terrenos y edificios como lo indican los Estándares Internacionales de Información Financiera?

Para resolver esta pregunta iniciamos mencionando que el valor de los terrenos y edificaciones debe separarse tanto contable como fiscalmente, excepto en el caso de las oficinas, casas o apartamentos que se tengan en propiedades horizontales, puesto que la ley determina que todos los propietarios son dueños del terreno donde se encuentra asentada la edificación y, por lo tanto, no es posible que solo uno de ellos lo reconozca (consulte nuestro análisis Terreno y edificación no se separan en propiedad horizontal).

Cuando los contribuyentes no tienen en cuenta el requerimiento de separar el valor del terreno del de la edificación terminan depreciando simultáneamente ambos activos como si fueran uno solo, sin tener en cuenta que los terrenos no deben depreciarse fiscal ni contablemente, salvo en contadas excepciones que se comentarán más adelante. Esto les puede traer problemas frente a la declaración de renta, ya que tomarse como deducción un costo al que no se tiene derecho genera sanciones por inexactitud.

Si algún contribuyente tiene algún caso similar, debe realizar una reclasificación del valor del terreno a una cuenta diferente a la de las edificaciones, y corregir la declaración de renta que haya resultado afectada.

Así las cosas, los casos en que pueden depreciarse los terrenos se mencionan en el párrafo 17.16 del Estándar para Pymes, en el que se lee lo siguiente:

“Con algunas excepciones, tales como minas, canteras y vertederos, los terrenos tienen una vida ilimitada y por tanto no se deprecian”.

Es de anotar que aunque pueden presentarse otros casos en los que se pueden depreciar los terrenos, estos son lo más comunes(consulte nuestro análisis Terrenos que se deprecian: puntos clave para identificarlos).

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