Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuesto diferido cuando en el ESFA el inventario era inferior al reconocido contablemente


Actualizado: 1 febrero, 2017 (hace 7 años)

En la preparación del ESFA se detectó que el inventario disponible era inferior al reconocido contablemente y se dio de baja la diferencia dando lugar a una pérdida, ¿en qué momento se generará el impuesto diferido si fiscalmente sólo es deducible un 3% (artículo 64 del ET) de tal pérdida?  

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