Camilo Rodríguez, director de impuestos de KPMG, afirma en Actualícese que con la reforma tributaria de 2016 se incrementó la carga fiscal de las personas naturales y hasta este año conoceremos su verdadero efecto económico. Para él, el fortalecimiento de la Dian no es una novedad.
Camilo Rodríguez, director de impuestos de KPMG, afirma en Actualícese que con la reforma tributaria de 2016 se incrementó la carga fiscal de las personas naturales y hasta este año conoceremos su verdadero efecto económico. Para él, el fortalecimiento de la Dian no es una novedad.
Camilo Rodríguez, director de impuestos y servicios legales de KPMG, piensa que se justifica y se necesita bajarles más los impuestos a las empresas, ya que Colombia requiere generar mejores condiciones para atraer e incrementar tanto la inversión nacional como la extranjera, factor determinante para el desarrollo económico y social del país.
No solo se justifica, sino que se necesita. Debemos partir de una premisa fundamental que consiste en que las empresas son instrumentos o vehículos de generación de riqueza de las personas físicas, como quiera que el titular último de su propiedad o beneficiario último de la utilidad, siempre será una persona natural. El presidente Duque y el ministro Carrasquilla han sostenido que la disminución de las tarifas nominales de renta para las empresas hace parte de un necesario programa de reactivación económica, porque dicha medida disminuye la proclividad a la evasión, ayuda a la competitividad del país, desestimula la informalidad y propicia la inversión y ahorro, argumentos que compartimos plenamente.
Debemos destacar que la disminución de las tarifas nominales de renta a las empresas es una tendencia mundial, y en un mundo globalizado Colombia requiere generar mejores condiciones para atraer e incrementar tanto la inversión nacional como la extranjera, factor determinante para el desarrollo económico y social del país.
Finalmente compartimos los postulados del Gobierno que sustentan su propuesta, en el sentido que la combinación de la disminución de tarifas con una simplificación del sistema y mayor seguridad jurídica, propicia el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aumenta el recaudo, facilita el control y administración de los impuestos, y reduce la evasión fiscal.
El ministro Carrasquilla ha señalado que en Colombia la tributación en materia del impuesto sobre la renta recae en un 85 % en las empresas y en un 15 % en las personas naturales, en el resto del mundo es más equilibrada y en los países más desarrollados esta proporción es inversa. Consideramos que el Gobierno debe buscar alternativas para compensar la disminución de las tarifas de renta a las empresas, pero en relación con las personas naturales debe tener en cuenta aspectos como: con la Ley 1819 de 2016 se incrementó la carga tributaria de las personas naturales y solo hasta este año podemos conocer el verdadero efecto económico de la reforma.
Cualquier ajuste al impuesto de renta de las personas naturales debe ser gradual y en todo caso progresivo. Se trata de no asfixiar a las personas naturales de clase media que son determinantes para jalonar el crecimiento económico por la vía del consumo.
De igual forma se deben ampliar los rangos de las tarifas marginales aplicables a la renta de las personas naturales para generar mayor progresividad, sobre todo teniendo en cuenta el alto nivel de concentración de riqueza y de ingresos que existe en nuestro país. Es una de las fórmulas para atacar la pobreza y la desigualdad, y de esa manera quitarle argumentos a la amenaza del populismo.
Sí, es un punto a revisar. Lo primero que deben tener claro las autoridades fiscales es si la redistribución del ingreso la realiza por la vía del gasto público o a través de beneficios tributarios. Así mismo, debe haber claridad sobre la diferencia entre beneficios tributarios y minoraciones estructurales, analizando detenidamente su naturaleza por encima de su denominación.
Ahora bien, el sistema tributario colombiano se caracteriza por tener un sinnúmero de beneficios tributarios, algunos con plena justificación otros no, lo cual conlleva a una necesaria revisión. En las actuales circunstancias económicas, el Gobierno debe actuar con sentido estratégico y determinar de manera excepcional, con claridad y rigor cuáles son los sujetos o actividades que en su criterio son determinantes y que merecen especial estímulo y promoción del Estado por la vía de los beneficios tributarios.
De otra parte, los beneficios tributarios deben buscar la solución a problemas de orden coyuntural y por lo tanto para generar mayor efectividad deben tener una limitación temporal en su aplicación. Es importante anotar que los beneficios tributarios distorsionan la tarifa efectiva o real del impuesto sobre la renta, lo que se traduce en que la tarifa efectiva de tributación en Colombia sea en promedio inferior a la nominal, por lo tanto, el verdadero reto es acercar la tarifa nominal a la efectiva para todos los sectores.
Los beneficios tributarios deben favorecer directa o indirectamente a las personas de escasos recursos de nuestra población, de lo contrario corremos el riesgo de favorecer a los que tienen más altos ingresos y la amenaza del populismo se puede convertir en una realidad a mediano plazo.
La necesidad del fortalecimiento de la Dian no es un tema novedoso, ha sido una pretensión de anteriores Gobiernos y administraciones de hacienda. Esta pretensión incluye aumentar la capacidad operativa, ampliación de los recursos físicos y humanos especializados, capacitación técnica y administrativa permanente, ascensos por meritocracia, fortalecimiento de la carrera administrativa que garantice la movilidad y los ascensos de los funcionarios por concurso, y evidentemente un fortalecimiento tecnológico, que apoye todos los procesos funcionales de la entidad.
En relación con el fortalecimiento tecnológico llama la atención que con el artículo 321 de la Ley 1819 de 2016, el Congreso le otorgó a la Dian un plazo de seis meses (venció el 29 de junio de 2017) para presentar a la aprobación del Conpes un plan de modernización tecnológica con unos parámetros mínimos para ser ejecutado en los 5 años siguientes. Pues bien, un año después del vencimiento del plazo legal no se conoce dicho plan ni la celebración del Conpes, lo cual evidencia desinterés e indiferencia frente a las múltiples y urgentes necesidades de la Dian y por ende de sus usuarios.
En la actualidad es imposible pensar en un incremento calificado de la función de fiscalización y un efectivo control a la evasión y el control tributario sin el apoyo de herramientas y equipos tecnológicos robustos. Además, si lo que se pretende es que la carga tributaria se equilibre con la de las empresas, tendremos muchos más contribuyentes para controlar y por lo tanto se requiere mayor control y capacidad operativa que se debe realizar con el apoyo de los sistemas informáticos y con las nuevas tecnologías.
La OCDE es una organización de buenas prácticas, dedicada a promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, por lo tanto, sus recomendaciones en materia tributaria van encaminadas a otorgar mayores herramientas e instrumentos para la lucha contra la elusión fiscal, inclusive, sin haber sido miembros de la OCDE hemos acogido recomendaciones como las del Plan BEPS. Bienvenidas esas nuevas recomendaciones.
Las interpretaciones realizadas por la OCDE sobre el alcance a los convenios para evitar la doble imposición y los tratados de intercambio de información se vuelven vinculantes.
Por último, la mayoría de los países de la OCDE son desarrollados y presentan niveles de seguridad, salud, educación e ingresos por habitante superiores a los nuestros, por lo tanto, las medidas que se adopten deben considerar nuestras limitaciones y realidad económica y social, y avanzar en este proceso de manera gradual.