Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incapacidad de 180 días y los derechos del trabajador


Actualizado: 19 agosto, 2019 (hace 5 años)

Responde conferencista: Natalia Jaimes Lúquez

Un trabajador sufrió un accidente laboral y la empresa asumió los costos, porque no lo tenía afiliado a seguridad social. Ahora, si la incapacidad se ha extendido a 180 días, ¿puede la empresa contratar a un tercero para que califique la pérdida de capacidad laboral, o esa responsabilidad solo le asiste a la junta regional de calificación?

Por orden médica, un trabajador puede quedar inhabilitado para poder cumplir sus labores diarias. Esta restricción puede obedecer a una incapacidad de origen común o de origen laboral, información sobre la cual se debe tener total claridad, porque con ella se identifica quién debe asumir el pago de la prestación económica del trabajador, que puede ser: la empresa, la EPS o la ARL.

A continuación, Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral y con amplia experiencia profesional explica puntualmente cómo deben ser tratadas las incapacidades que se extienden hasta por un semestre, qué entidad se encuentra facultada para determinar la pérdida de capacidad laboral, y cuáles son los derechos del trabajador en estas circunstancias.

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