Una persona que tiene una casa en el exterior no declarada en renta, ¿la puede declarar en la declaración de renta 2016 en el formulario 240?, ¿en qué otro formulario debe declarar este activo omitido?
Resuelta el 17 de agosto de 2017.
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que si las personas naturales que cumplen con las condiciones para utilizar el formulario 230 o 240 tienen activos omitidos, pueden incluirlos en sus respectivas declaraciones en los formularios en mención sin que tengan que liquidar ninguna renta líquida por activos omitidos, porque en realidad la renta líquida por activos omitidos solo afecta a los que declaran en el formulario 110, por tanto, se pueden normalizar a cero pesos.