Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Inclusión de vivienda de persona natural para determinar el grupo de convergencia


Actualizado: 6 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta


¿Cuando se está revisando si una persona natural que lleva contabilidad pertenece al grupo 3, de acuerdo con el valor de sus activos, es válido incluir el valor de su vivienda?

Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, establece que la casa de habitación representa contablemente un activo para la persona natural, así fiscalmente tenga cierta restricción; por consiguiente, para determinar el valor del monto de los activos y establecer a qué grupo de convergencia pertenece se deberá incluir el valor del bien de la vivienda.

Es de anotar que para aplicar los nuevos marcos contables existen tres grupos, grupo 1, que aplica las normas plenas, grupo 2, que aplica las normas para pymes, y el grupo 3, que aplica la norma para microempresas.

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