Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Indicadores básicos que debe conocer al elaborar la declaración de renta de personas jurídicas 2017


Indicadores básicos que debe conocer al elaborar la declaración de renta de personas jurídicas 2017
Actualizado: 20 abril, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • UVT para 2017 y 2018
  • Tasa de cambio a diciembre 31 de 2017
  • Reajuste fiscal para activos fijos e interés mínimo presunto por préstamos
  • Obligatoriedad de presentar declaraciones con firma de contador

Entre estos se encuentran el valor de la UVT vigente a 2017 y 2018, la tasa de cambio a diciembre 31 de 2017, el reajuste fiscal para activos fijos, el interés mínimo presunto por préstamos y las condiciones para que la declaración deba presentarse con firma del contador. Conózcalos aquí.

Al momento de preparar la declaración de renta o de ingresos y patrimonio del año gravable 2017 de las personas jurídicas, es necesario tener en cuenta varios indicadores. En esta ocasión haremos referencia a las cifras y datos básicos que pueden ser de permanente consulta cuando se esté desarrollando esta labor.

UVT para 2017 y 2018

El primer dato a tener presente es la UVT, en este caso, es imperante conocer tanto el valor fijado por el año gravable 2017 como el estipulado para el 2018; para el primer período en mención fue de $31.859 (Resolución 000071 de noviembre 29 de 2016), mientras que para el segundo es de $33.156 (Resolución 000063 de noviembre 14 de 2017), evidenciándose un incremento del 4,07 %, tal como lo destacamos en nuestro editorial UVT para el 2018 quedó fijada en $33.156, un 4,07 % más alta que la de 2017.

“a pesar de que la declaración que se está presentando, es la correspondiente a la del año gravable 2017. En materia de sanciones, estas deben liquidarse con la UVT vigente al momento de su cálculo”

Al respecto, es válido aclarar que, a pesar de que la declaración que se está presentando, es la correspondiente a la del año gravable 2017. En materia de sanciones, estas deben liquidarse con la UVT vigente al momento de su cálculo, así, por ejemplo, si una persona jurídica debía presentar su declaración de renta el 12 de abril de 2018, pero lo hizo el 17 del mismo mes, deberá liquidar la sanción por extemporaneidad considerando el valor de la UVT vigente para 2018.

Tasa de cambio a diciembre 31 de 2017

La tasa representativa del mercado –TRM– es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre de 2017 se presentó una TRM de $2.984,00. Este dato es importante conocerlo al momento de determinar los efectos fiscales con motivo de que existan diferencias en cambio en ciertas partidas.

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Por otro lado, debe recordarse que la reforma tributaria estructural introdujo una novedad sobre este tema, que consiste en que los contribuyentes solo seguirán reconociendo ingresos o gastos por diferencia en cambio cuando vendan sus activos o paguen sus pasivos expresados en moneda extranjera, es decir que no tendrán que efectuar ajustes por diferencias en cambio a diciembre 31; aspecto abordado en el análisis Diferencia en cambio no se seguirá causando sobre saldos de activos y pasivos a diciembre 31.

Reajuste fiscal para activos fijos e interés mínimo presunto por préstamos

Mediante el Decreto 2169 de 2017 se determinó que los contribuyentes pueden ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2017 en un 4,07 %, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del ET.

Por otra parte, el Decreto 777 de 2017 indica que se presume que los préstamos en dinero efectuados por las empresas a sus socios o accionistas durante el año gravable 2017, o que los socios les realizaron a las sociedades en ese mismo período, generaron un rendimiento mínimo del 6,86 %.

Obligatoriedad de presentar declaraciones con firma de contador

La última cifra a destacar es la contenida en el artículo 596 del ET, el cual estipula que si el patrimonio bruto en el último día del año gravable, o si los ingresos brutos de dicho período son superiores a 100.000 UVT (equivalentes a $3.185.900.000 por el año gravable 2017), la declaración de renta o de ingresos y patrimonio deberá presentarse con la firma del contador.

Para conocer en detalle los indicadores, cifras, tarifas y datos en materia fiscal, contable, laboral y comercial vigentes en 2018 puede consutar nuestro especial titulado Indicadores de 2018.

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