A las empresas, persona natural o jurídica, que se matricularon en las Cámaras de Comercio entre diciembre 29 de 2010 y febrero 28 de 2011 y que reunían los requisitos de la Ley 1429 de 2010 para ser calificadas como nuevas pequeñas empresas, les reintegrarán el 100% del valor de los dineros que en ese momento les cobraron por la matrícula mercantil.