Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte en la información exógena del pago de viáticos


Actualizado: 27 marzo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo se reportan en la información exógena los pagos cancelados por concepto de viáticos?

Pregunta resuelta marzo 19 de 2020

Al momento de presentar la información exógena 2019, es indispensable estudiar las siguiente normatividad: La Resolución 011004 de octubre de 2018, la Resolución 000008 de enero de 2020 y al Resolución 000027 de marzo de 2020, la cual contiene, entre otros puntos, cuáles son los plazos vigentes para presentarla por el COVID-19.

De igual manera, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios hace su intervención para explicar puntualmente cuál es la forma correcta de reportar en la información exógena los pagos por concepto de viáticos.

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