Entre marzo y mayo de 2019 las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 le deberán hacer llegar a la Supersociedades sus estados financieros básicos del año 2018; para este proceso se seguirá usando el software XBRL EXPRESS.
Entre marzo y mayo de 2019 las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 le deberán hacer llegar a la Supersociedades sus estados financieros básicos del año 2018; para este proceso se seguirá usando el software XBRL EXPRESS.
Mediante las circulares 201-000005 y 100-000006 del 9 de noviembre de 2018, la Superintendencia de Sociedades fijó las condiciones y plazos en que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1, 2 y 3 de la convergencia a normas internacionales (sin importar si se encuentran en condiciones normales de operación o en procesos de liquidación voluntaria) tendrán que remitir a dicho órgano de control tanto la información sobre sus estados financieros básicos del año 2018 como su informe de prácticas empresariales. Los plazos son los siguientes:
De acuerdo con lo establecido en la Circular 201-000005 de 2018, las sociedades comerciales que a diciembre 31 de 2018 tengan la condición de vigiladas y/o controladas ante la Supersociedades, y que pertenezcan a los grupos 1 y 2 de la convergencia a normas internacionales, estarán obligadas a entregar los reportes mencionados en dicha circular. Lo mismo harán aquellas sociedades que solo tengan la condición de inspeccionadas ante la Supersociedades que pertenezcan al grupo 1 o 2 que no se encuentren en situaciones de liquidación voluntaria y a las cuales se les solicite mediante correo urbano la entrega de la información. Para estas entidades los plazos son los siguientes:
Últimos dos dígitos del NIT |
Hasta el día |
Últimos dos dígitos del NIT |
Hasta el día |
01 – 05 |
27 de marzo |
51 – 55 |
10 de abril |
06 – 10 |
28 de marzo |
56 – 60 |
11 de abril |
11 – 15 |
29 de marzo |
61 – 65 |
12 de abril |
16 – 20 |
01 de abril |
66 – 70 |
22 de abril |
21 – 25 |
02 de abril |
71 – 75 |
23 de abril |
26 – 30 |
03 de abril |
76 – 80 |
24 de abril |
31 – 35 |
04 de abril |
81 – 85 |
25 de abril |
36 – 40 |
05 de abril |
86 – 90 |
26 de abril |
41 – 45 |
08 de abril |
91 – 95 |
29 de abril |
46 – 50 |
09 de abril |
96 – 00 |
30 de abril |
Ahora bien, dicha circular en su numeral 1.4 dicta que las entidades de grupo 3 siempre que se encuentren sometidas a la vigilancia o control de la Supersociedades, deben remitir sus estados financieros, con sus respectivas notas y debidamente suscritos a más tardar el 30 de abril de 2019.
En el numeral 2 de la Circular 201-000005 de 2018 se indicó que las sociedades obligadas (entidades sujetas a vigilancia y control de la Supersociedades. Se exceptúan las sucursales de sociedades extranjeras, las entidades que se encuentren en estado de liquidación obligatoria, judicial, voluntaria, en concordato o en acuerdo recuperatorio, así mismo, las que determinen que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha a 31 de diciembre de 2018) a entregar el informe de prácticas empresariales por el año 2018 deberán hacerlo entre el 6 y el 17 de mayo de 2019. Los plazos son los siguientes:
Últimos dos dígitos del NIT |
Hasta el día |
Últimos dos dígitos del NIT |
Hasta el día |
00 – 10 |
06 de mayo |
51 – 60 |
13 de mayo |
11 – 20 |
07 de mayo |
61 – 70 |
14 de mayo |
21 – 30 |
08 de mayo |
71 – 80 |
15 de mayo |
31 – 40 |
09 de mayo |
81 – 90 |
16 de mayo |
41 – 50 |
10 de mayo |
91 – 00 |
17 de mayo |
Los otros plazos que deben tenerse presentes para cumplir con la obligación de reporte de información financiera ante la Superintendencia de Sociedades son: