Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información que deben presentar responsables de ventas en los días sin IVA


Actualizado: 25 junio, 2020 (hace 4 años)

Dian emitió resolución a través de la cual se indica la información que deben presentar los responsables del IVA, respecto a las ventas que realizan durante los tres días sin IVA.

A través de la Resolución 000064 del 18 de junio de 2020, la Dian indica la información relacionada con las ventas realizadas los días 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio de 2020, que los responsables del IVA deben suministrar a la entidad.

Esta es la información a entregar por parte del responsable según el artículo 1 de la resolución:

  • Tipo de documento del comprador.
  • Número de identificación del comprador.
  • Nombre del comprador.
  • Tipo de factura.
  • Número de la Factura o documento equivalente emitido al comprador.
  • Lugar y fecha de la factura o documento equivalente.
  • Género del bien cubierto.
  • Número de unidades.
  • Unidad de medida.
  • Descripción del (los) bien(es) comprado(s).
  • Valor unitario del bien y valor total de los bienes vendidos con exención.
  • Medio de pago.
  • Tipo de documento del tarjetahabiente o remitente del pago.
  • Identificación del tarjetahabiente o remitente del pago.
  • Nombre e identificación del tarjetahabiente o remitente de pago.
  • Número de comprobante de pago.
  • Fecha de entrega de la mercancía vendida.
  • Precio de venta al público al primero (1) junio de 2020

La anterior información deberá ser entregada a más tardar el 31 de agosto de 2020. Si la información se llega a entregar de forma extemporánea, errada o la no debida entrega dará lugar a las sanciones consagradas en el artículo 651 del Estatuto Tributario.

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