Muchos empleadores creen que los aportes a seguridad social solo se realizan sobre trabajadores de tiempo completo, pero este es un derecho, incluso, de aquellos que laboran por días. Para tal fin, debe utilizarse el cotizante tipo 51 y calcular el IBC según lo indicado en la Resolución 2388 de 2016.
Muchos empleadores creen que los aportes a seguridad social solo se realizan sobre trabajadores de tiempo completo, pero este es un derecho, incluso, de aquellos que laboran por días. Para tal fin, debe utilizarse el cotizante tipo 51 y calcular el IBC según lo indicado en la Resolución 2388 de 2016.