Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingreso base de cotización para realizar los aportes a seguridad por un rentista de capital


Actualizado: 12 noviembre, 2018 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Un rentista de capital que alquila bienes inmuebles ¿debe pagar seguridad social sobre el 40 % de los ingresos brutos, o sobre la base que resulta de restar, por ejemplo, gastos por mantenimiento y reparación del bien?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que los trabajadores independientes que califican como rentitas de capital deben aportar a la seguridad social, de la siguiente manera: tomando el valor recibido mensualmente, restándole las expensas que cumplen con los criterios establecidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario, y aplicando el 40 % sobre el resultado (valor que será tomado como ingreso base de cotización para hacer los aportes al sistema integral de seguridad social, esto es: salud, pensión y ARL si es el caso).

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