Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingresos por comisiones a informar en el formato 1016, para una inmobiliaria


Ingresos por comisiones a informar en el formato 1016, para una inmobiliaria
Actualizado: 5 junio, 2013 (hace 11 años)

Un mandatario podría tener que hacer hasta seis formatos. Aquí está incluido el 1016 correspondiente a pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas. Para una inmobiliaria, uno de esos pagos es la comisión que se gana.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Resolución 000117 del 31 de octubre de 2012, referente a “Información de contratos de mandato o de administración delegada”, un mandatario puede llegar a tener la tarea de hacer hasta seis formatos, dependiendo de si hizo todas las operaciones por cuenta del mandante, si le facturaba los ingresos, si le cubría costos o si le generaba IVA.

Dentro de estos seis formatos está incluido el 1016 para los pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas, y en el caso de una inmobiliaria uno de esos pagos es la propia comisión que ella se gana, la cual figurará reportada como un gasto pagado a la inmobiliaria y ese gasto se lo va a tomar determinado mandante o arrendador.

Ahora, en el formato 1007 donde se reporta la información de ingresos recibidos en el año, se debe informar nuevamente los ingresos por comisiones que ya están reportados en el formato 1016. La inmobiliaria por lo tanto debe hacer sus formatos por haber sido mandataria y los formatos tienen esa característica de que si le cubría pagos por cuenta del mandante, uno de esos pagos era la propia comisión, pero al mismo tiempo también está obligada a hacer todos los formatos de los artículos de la Resolución 000117 dentro de los cuales figura el 1007 de ingresos propios y uno de estos ingresos fue ganarse una comisión en los contratos de mandato.

Y por su parte, la DIAN lo que hará es cruzar todas esas informaciones que le llegan también por parte de los mandatarios; si en el formato 1016 dice que la inmobiliaria se ganó un ingreso, la DIAN necesita que esta reconozca que si se ganó ese ingreso y hacer el respectivo cruce de información.

La confusión con las inmobiliarias es que si ellas se vuelven agentes de retención y le cubren costos a los mandantes, entonces esa retención en la fuente la declara mensualmente la inmobiliaria en el mismo formulario de retención en la fuente donde están las retenciones de sus propios costos o gastos. Así que cuando la inmobiliaria este haciendo su formato 1001, de sus propios costos y gastos, las retenciones que van a quedar reportadas son solo las de sus propios costos o gastos porque las otras retenciones practicadas sobre costos que no eran de ella se van a ver es en ese otro formato 1016 por haber sido inmobiliaria.

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