Mediante la Resolución 1095 de 2021, la Superfinanciera certifica la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo de bajo monto y la tasa de usura que rige para el período entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022. Encuentra aquí los detalles. Por medio […]
Mediante la Resolución 1095 de 2021, la Superfinanciera certifica la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo de bajo monto y la tasa de usura que rige para el período entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
Encuentra aquí los detalles.
Por medio del artículo tercero de la Resolución 1095 del 30 de septiembre de 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia establece un interés bancario corriente en la modalidad de crédito de consumo de bajo monto del 30,35 % efectivo anual. Esta tasa aplica para los créditos que se generen durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
La tasa correspondiente a este período sufre una considerable disminución de 207 puntos básicos (-2,07 %) respecto a la tasa certificada para el período pasado:
Período |
Interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto |
Entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022
|
30,35 % EA |
Entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 |
32,42 % EA |
Es preciso recordar que los intereses remuneratorio y moratorio se considerarán como usura cuando superen en 1,5 veces el interés bancario corriente establecido por la Superfinanciera, equivalente a 45,53 % efectivo anual en este período para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto.
La tasa de usura sufrió una disminución de 310 puntos básicos (-3,10 %) respecto al período anterior:
Período |
Tasa de usura para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto |
Entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022
|
45,53 % EA |
Entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 |
48,63 % EA |