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Inventario de los prestadores de servicios: tratamiento contable

La prestación de servicios en ejecución de contratos que trascienden de un período a otro presenta un interesante reto contable: la distribución de los ingresos y costos del contrato. Las secciones 13 y 23 del Estándar para Pymes establecen los lineamientos para el tratamiento de estas partidas.

Fecha de publicación: 2 de agosto de 2017
Inventario de los prestadores de servicios: tratamiento contable
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La prestación de servicios en ejecución de contratos que trascienden de un período a otro presenta un interesante reto contable: la distribución de los ingresos y costos del contrato. Las secciones 13 y 23 del Estándar para Pymes establecen los lineamientos para el tratamiento de estas partidas.

A diferencia de los ingresos por venta de bienes, las operaciones de prestación de servicios suelen ejecutarse en un período extendido de tiempo. Si se trata de servicios de ejecución inmediata o de corto plazo, no suelen presentarse mayores inconvenientes, pues el contrato suele terminarse en poco tiempo y el reconocimiento del ingreso y el costo del contrato pueden realizarse –sin dificultades– al finalizar la prestación del servicio.

Cuando los contratos se extienden en el tiempo, especialmente cuando se ejecutan en más de un período, surge la siguiente problemática: ¿Cómo distribuir los ingresos y los costos derivados de la ejecución del contrato entre los varios períodos a lo largo de los cuales este contrato se ejecuta?

Al respecto, el párrafo 13.14 del Estándar para Pymes establece:

“En la medida en que los prestadores de servicios tengan inventarios, los medirán por los costos que suponga su producción. Estos costos consisten fundamentalmente en mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles.”

Estos costos se acumulan como activos hasta tanto se reconozcan los ingresos correspondientes al contrato. Ahora bien, los ingresos por prestación de servicios se reconocen de acuerdo con lo establecido en el párrafo 23.14 del siguiente modo:

“Cuando el resultado de una transacción que involucre la prestación de servicios pueda ser estimado con fiabilidad, una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias asociados con la transacción, por referencia al grado de terminación de la transacción al final del periodo sobre el que se informa (a veces conocido como el método del porcentaje de terminación).”

Al aplicar estos dos párrafos de manera conjunta, y en complemento a lo establecido en el párrafo 23.17 de la misma norma:

“Una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias del contrato y los costos del contrato asociados con el contrato de construcción como ingresos de actividades ordinarias y gastos, respectivamente, por referencia al grado de terminación de la actividad del contrato al final del periodo sobre el que se informa (a veces conocido como el método del porcentaje de terminación).”

Luego de revisar esta normativa, se concluye entonces que [pq]los ingresos y costos relacionados con los contratos de construcción y prestación de servicios se reconocen en la medida en que se avanza en la ejecución del contrato[/pq], utilizando alguna de las tres metodologías de medición establecidas en la norma.

De acuerdo con lo anterior, los costos incurridos por los prestadores de servicios en virtud de la ejecución de los contratos deben ir acumulándose en una partida de inventarios hasta tanto se realice el ingreso correspondiente. En ese sentido, el mismo párrafo 13.14 establece que estos costos no pueden incluir erogaciones relacionadas con el proceso de venta ni con asuntos administrativos, ni tampoco se deben cargar porcentajes relacionados con la utilidad del contrato.

Ejemplo

Saver Consultores SAS fue contratada para realizar una consultoría financiera para un grupo económico.

El contrato tiene un precio de $100.000.000, y se ejecutará en 4 meses, iniciando el 1 de noviembre de 2017 y con fecha de terminación estimada el 28 de febrero de 2018.

La entidad estima que el costo del contrato es de $60.000.000.

Al cierre del 31 de diciembre, la entidad ha avanzado en un 40% de las actividades necesarias para finalizar el contrato, y ha incurrido en costos por $35.000.000.

¿Cómo debería reconocer la entidad los ingresos y costos derivados de este contrato?

Los costos incurridos por la entidad hasta el 31 de diciembre de 2017 se deben ir reconociendo en una partida de inventarios, así (los códigos de cuentas son sugeridos):

Cuenta

Débito

Crédito

14 – Inventario de contratos en ejecución

$35.000.000

11 – Bancos

$35.000.000

 

Al cierre del período, la entidad debe reconocer los ingresos y costos del contrato en el estado de resultados en relación con el avance del contrato. Suponga que la entidad ha decidido medir este contrato de acuerdo con la metodología de inspección de los trabajos ejecutados (párrafo 23.22, literal b) del Estándar para Pymes).

Avance del contrato: 40%
Ingresos a reconocer: $100.000.000 x 40% = $40.000.000
Costos a reconocer: $60.000.000 x 40% = $24.000.000

Cuenta

Débito

Crédito

41 – Ingresos consultoría financiera

$40.000.000

13 – Cuentas por cobrar a clientes

$40.000.000

14 – Inventario de contratos en ejecución

$24.000.000

61 – Costos de prestación de servicios

$24.000.000

 

Al utilizar esta metodología, la entidad tendrá al final del período un saldo en la cuenta de Inventarios de contratos en ejecución, por valor de $11.000.000 ($35.000.000 – $24.000.000).

CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)

*Exclusivo para Actualícese

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