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IVA bimestral y cuatrimestral durante 2020

Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2345 de 2019 por medio del cual se establecen los plazos para declarar y pagar el IVA en el 2020.

Es importante recordar que el período gravable de este impuesto ha sido bimestral o cuatrimestral desde el año 2017.

Fecha de publicación: 27 de diciembre de 2019
IVA bimestral y cuatrimestral durante 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2345 de 2019 por medio del cual se establecen los plazos para declarar y pagar el IVA en el 2020.

Es importante recordar que el período gravable de este impuesto ha sido bimestral o cuatrimestral desde el año 2017.

El Decreto 2345 de 2019 estipula que deberán declarar y pagar el IVA de forma bimestral los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2019 sean iguales o superiores a 92.000 UVT (equivalentes a $3.152.840.000, teniendo en cuenta el valor de la UVT para 2019), así como los responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET.

Por otro lado, deberán declarar y pagar de manera cuatrimestral los responsables de IVA, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2019 sean inferiores a 92.000 UVT.

Conviene recordar que según el artículo 601 del ET, deben presentar declaración y pagar el IVA los responsables de tal impuesto (incluyendo los exportadores). No será obligatorio presentar esta declaración por aquellos períodos en los cuales no se hayan efectuado operaciones sometidas al IVA, ni las que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.