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[La Cita] Afiliaciones a seguridad social de una sociedad

El Código de Comercio y la Ley 1258 son claras al definir que la sociedad mercantil, persona jurídica, es un ente autónomo de quienes la conforman. De tal manera que al ser la sociedad una nueva persona jurídica, esta adquiere la calidad de empleador y como tal, puede afiliar como dependiente en la seguridad social a quien quiera, bien sea un trabajador, socio o accionista.

Fecha de publicación: 29 de agosto de 2012
[La Cita] Afiliaciones a seguridad social de una sociedad
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fuente: Accionista o socio puede aparecer en PILA como trabajador dependiente