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[La Cita] Para unos sí, pero para los otros no

Esas gabelas tan grandes que se conceden a los declarantes virtuales con el art. 579 (ahorrarse sanciones de extemporaneidad e intereses de mora cuando se presenten situaciones de fuerza mayor), es algo que no se le concede a las personas naturales ni sucesiones ilíquidas que todavía siguen declarando en papel, pues no están obligadas a hacerlo virtualmente.

Fecha de publicación: 1 de octubre de 2013
[La Cita] Para unos sí, pero para los otros no
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fuente: A los declarantes virtuales se les dan más gabelas que a los declarantes en papel